Derechos, Instrucciones, Renuncia

Declaraciones:

Usted puede declararse: a) no culpable; b) no culpable por razón de demencia; c) culpable y con enfermedad mental; d) culpable; o e) con la aprobación del Tribunal, no oponerse (una declaración de no oposición significa que no refuta el cargo; sigue siendo una condena).

Derechos:

  1. Usted tiene derecho a ser representado por un abogado. El tribunal le asignará un abogado sin costo para usted si: a) no puede pagar un abogado; y b) existe la posibilidad de una sentencia de cárcel por el delito. Más tarde, es posible que tenga que pagar por los servicios del abogado asignado si el tribunal determina que usted puede hacerlo.
  2. Usted tiene derecho a representarse a sí mismo. Si lo hace, el tribunal no puede aconsejarle sobre cómo manejar su caso, y se le exigirá que cumpla con las reglas legales técnicas. Puede haber desventajas en proceder sin un abogado.
  3. Para cualquier audiencia futura, debe: a) representarse a sí mismo; b) contratar a un abogado; o c) si no puede pagar un abogado, solicitar un abogado de oficio presentando una declaración jurada al menos 10 días antes del procedimiento. El no ejercer la opción b o c será tratado como una renuncia implícita a su derecho a un abogado.
  4. Usted tiene derecho a un juicio público y rápido ante un jurado imparcial. Si desea un juicio por jurado, debe presentar una solicitud por escrito al menos 10 días antes del juicio. No tiene derecho a un juicio por jurado si solo se le acusa de una infracción.
  5. Usted tiene derecho a confrontar e interrogar a los testigos de la fiscalía en audiencia pública.
  6. Usted tiene derecho a llamar a testigos y a obligar, mediante citación, su asistencia y testimonio. Si no puede pagar por la asistencia de los testigos, la fiscalía pagará esos costos.
  7. Usted tiene derecho a testificar en su propio nombre. Cualquier declaración que haga puede ser usada en su contra. Puede negarse a testificar, y nadie puede obligarlo a testificar o a presentar pruebas en su contra. Su negativa a testificar no puede ser usada en su contra.
  8. Se le presume inocente hasta que: a) se declare culpable o no se oponga; o b) la fiscalía pruebe su culpabilidad. La fiscalía tiene la carga de probar cada uno de los elementos del delito más allá de una duda razonable. El veredicto del jurado debe ser unánime.
  9. Usted tiene derecho a fianza. Si paga la fianza, será puesto en libertad bajo: a) la condición de que comparezca ante el tribunal para futuros procedimientos; y b) cualquier otra condición que el tribunal imponga. La fianza puede ser modificada mediante una moción adecuada, notificación y conclusiones.

Si se declara culpable o no se opone, renuncia a estos derechos, y su declaración constituye una admisión de todos los elementos del delito.

Retiro de la Declaración/Derecho de Apelación:

Una moción para retirar una declaración de culpabilidad o de no oposición debe hacerse antes de que sea sentenciado o dentro de los 28 días de una declaración mantenida en suspenso. Para retirar su declaración, debe demostrar que no fue hecha a sabiendas y voluntariamente. El derecho a apelar es limitado. Si decide apelar, debe presentar un Aviso de Apelación por escrito dentro de los 28 días de la sentencia u orden de la que está apelando.

Sentencia:

Las recomendaciones de sentencia no son vinculantes para el tribunal. El tribunal puede ordenar que la sentencia se cumpla de forma consecutiva (una después de la otra) con los cargos en este caso y con cualquier otro caso.

Sanciones (Sentencias Mínimas/Máximas):

Delito Menor de Clase B (0 días a 6 meses de cárcel, $0 a $1970 de multas y recargos, más intereses); Delito Menor de Clase C (0 días a 90 días de cárcel, $0 a $1082.50 de multas y recargos, más intereses); Infracción (sin cárcel, $0 a $1082.50 de multas y recargos, más intereses).


Derecho a un Abogado

Usted ha sido acusado del/los delito(s) penal(es) listado(s) en la (información/citación). Tiene derecho a ser representado por un abogado. Si el delito es uno por el cual el tribunal puede imponer tiempo en la cárcel – incluso tiempo en la cárcel suspendido – y no puede pagar un abogado, el tribunal le asignará un abogado para que lo represente. Si desea solicitar un abogado de oficio, pida al secretario la documentación apropiada.

El tribunal le asignará un abogado para que lo represente si enfrenta la posibilidad de tiempo en la cárcel y si el ingreso de su hogar es igual o inferior al 150% del nivel de pobreza establecido por el Gobierno de los EE. UU. Si el ingreso de su hogar es superior al 150% del nivel de pobreza, el tribunal asignará un abogado si determina que no tiene los medios para pagar un abogado sin privarlo a usted o a su familia de necesidades como alimentos, vivienda o ropa.

Si no cumple con los requisitos de elegibilidad para que se le asigne un abogado para que lo represente, todavía tiene derecho a un abogado. Sin embargo, el abogado debe ser contratado por su cuenta.

También tiene el derecho constitucional a representarse a sí mismo y a proceder sin un abogado. Sin embargo, antes de tomar esta decisión, debe considerar los siguientes riesgos y responsabilidades asociados con la autorrepresentación:

  1. La defensa penal es un área del derecho altamente especializada y técnica.
  2. Una condena penal puede resultar en consecuencias que consisten en sanciones financieras y tiempo en la cárcel. (El tribunal le informará sobre las penas máximas en su caso).
  3. Puede haber defensas de hecho, legales o de otro tipo para el cargo(s) que un abogado podría descubrir y explicarle.
  4. Puede haber cuestiones relacionadas con la conducción del juicio o la presentación de una declaración de culpabilidad que usted podría no conocer y sería responsabilidad de su abogado estar al tanto de esas cuestiones y de cómo abordarlas adecuadamente ante el tribunal. El tribunal no puede aconsejarle sobre cómo llevar su caso.
  5. Puede haber consecuencias colaterales basadas en una condena o declaración de culpabilidad, como un aumento de las penas por delitos posteriores, la suspensión de su licencia de conducir, la restricción de su derecho a poseer armas de fuego y municiones, o consecuencias en su estatus migratorio. Un abogado podría asesorarle sobre esas consecuencias.
  6. Si ejerce su derecho a proceder sin los servicios de un abogado, usted es responsable de cumplir con las reglas del tribunal, incluidas las reglas de evidencia y otras reglas de procedimiento, y se esperará que exhiba un comportamiento adecuado ante el juez y/o el jurado.
  7. Usted entiende que si renuncia a la evaluación para un abogado de oficio, es responsable de contratar un abogado privado si desea uno.
  8. Dadas las consideraciones anteriores, el tribunal le anima a no representarse a sí mismo.

Declaro que he leído total y completamente esta sección sobre el derecho a un abogado, y que la entiendo. Si tengo preguntas, entiendo que debo preguntarle a un representante del tribunal o plantear mis preguntas ante el Juez cuando se llame mi caso.

Reconocimiento y Firma

Al firmar en el recuadro de abajo, reconozco que he leído, entendido y aceptado todos los términos, derechos e información presentados en este formulario.

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